Cómo realizar el cambio de nombre del coche

Realizar la transferencia de un vehículo comporta con el cumplimiento de una serie de trámites. De todos ellos, el que tiene mayor peso es el del cambio de la titularidad. Tanto si eres quien está interesado en comprar el vehículo, como si eres el vendedor, te interesará conocer la mejor manera de gestionar el cambio de nombre del coche, y en este mismo artículo te vamos a explicar paso a paso cómo hacerlo.

Índice

Pasa cuentas con Hacienda: impuesto de transmisiones de vehículos

Al adquirir un automóvil de segunda mano a un particular no has de pagar IVA, pero sí que tienes que hacer frente al pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o ITP. De modo que antes de proceder al cambio de nombre, es necesario pasar cuentas con Hacienda y liquidar el impuesto derivado de la transmisión de vehículos, ya que necesitaremos presentar el justificante del pago ante Tráfico.

Disponemos de 30 días hábiles desde la fecha en la que se firmó el contrato de compraventa para saldar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Para ello es necesario cumplimentar el modelo 620 o 621. Quien debe hacerse cargo de este gasto es el comprador, que debe presentarse en la Agencia Tributaria de su respectiva comunidad Autónoma. Algunas comunidades permiten realizar el trámite vía online, estas son Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Cataluñaa, Baleares, Madrid, Murcia y Navarra. A diferencia del Modelo 620 que sólo puede realizarse presencialmente, el Modelo 621 puede rellenarse telemáticamente a través de la web de la correspondiente Comunidad Autónoma. Para aquellos que deseen cumplimentar el Modelo 620, pueden encontrarlo aquí.

cambio de titularidad dgt

Todos aquellos que formen parte de alguna de las comunidades autónomas anteriormente mencionadas, al completar el Modelo 621 telemáticamente, obtendrán un código electrónico de transferencia, conocido como CET. Dicho código sirve como justificante a la hora de realizar el cambio de nombre en Tráfico, y que acredita que hemos solventado el impuesto por transmisión de vehículos. En el caso de que comprador y vendedor se encuentren en distintas comunidades autónomas, el trámite debe realizarse siempre en la comunidad donde resida el comprador.

Impuesto al cambiar el nombre del coche: Impuesto de Transmisión Patrimonial por comunidad autónoma

El impuesto al cambiar el nombre de coche, el Impuesto de Transmisión Patrimonial, varía en función de cada comunidad, siendo del 4% al 8% del valor del coche según Hacienda. Algunas comunidades exentan a los compradores de la obligación de realizar dicho pago en determinadas circunstancias. En Cataluña, por ejemplo, para todos aquellos vehículos con una antigüedad superior a 10 años y un valor inferior a 40.000€, no es necesario saldar el ITP. También hay comunidades que optan por establecer un pago de cuotas fijas para vehículos con más años y de escaso valor, que varían en función de la antigüedad y la cilindrada del vehículo.

A continuación, indicamos el porcentaje que se debe pagar en cada comunidad autónoma junto a las situaciones excepcionales que tienen lugar en algunas de las regiones

Comunidad Autónoma con el % de ITP

Situaciones excepcionales
Andalucía: 4%-Cuando el vehículo, ya sea turismo o todoterreno, tiene una potencia superior a 15 caballos fiscales, se aplica un 8%
Aragón: 4%-Los vehículos de más de 10 años y una cilindrada igual o inferior a 1.000 cc, quedan exentos del pago.

-Para aquellos vehículos que tengan más de 10 años y una cilindrada superior a 1.000 cc e inferior o igual a 1.500 cc, se paga una cuota fija de 20€.

-Para los vehículos de más de 10 años y una cilindrada superior a 1.500 centímetros cúbicos pero igual o inferior a 2.000 cc, es necesario abonar una cuota fija de 30€.
Asturias: 4%-Para todos aquellos vehículos, turismos o todoterreno, con una potencia superior a 15 CVf, se emplea un 8%
Baleares: 4%-Para los vehículos, turismo o todoterreno, con una potencia superior a 15 CVf, se aplica un 8%.

-Los ciclomotores quedan exentos del pago.
Canarias: 5,5%-Todos aquellos vehículos de turismo a motor que no sean considerados como históricos, cuya antigüedad es superior a 10 años y la cilindrada igual o superior a 1.000 cc, deben abonar una cuota fija de 40€

-Cuando se trata de vehículos turismo a motor, sin consideración histórica, con más de 10 años de uso y una cilindrada superior a 1.000 cc pero inferior o igual a 1.500 centímetros cúbicos, se debe hacer una pago fijo de 70€.

-En el caso de los vehículos de turismo a motor, sin poseer la consideración histórica, con fecha de matriculación superior a 10 años, y con una cilindrada superior a 1.500 cc pero inferior o igual a 2.000 cc, se debe realizar un pago fijo de 115€.
Cantabria: 8%-No se presentan excepciones
Castilla la Macha: 6%-No se presentan excepciones
Castilla y León: 5%-Cuando se trata de vehículos de turismo o todoterreno, con una potencia superior a 15 CVf, el ITP sube al 8%
Cataluña: 5%-Cuando el vehículo, ya sea motocicleta, turismo o todoterreno, tiene más de 10 años de edad, no posee la consideración de vehículo histórico, y su valor según lo estipulado por la Hacienda es inferior a 40.000€, no se debe pagar el ITP.

-Aquellos ciclomotores y Quads con una cilindrada inferior a 50 centímetros cúbicos y una velocidad máxima inferior a 45 km/h (y una masa en vacío no superior a 350 kg, y una potencia inferior a 4 kW en el caso de los Quads) quedan exentos del pago del ITP.
Ceuta: 4%-Se aplica una bonificación del 50% sobre la cuota a pagar, para todos aquellos ciudadanos residentes en Ceuta
Comunidad Valenciana: 6%-El ITP sube al 8% cuando se trata de turismos, vehículos mixtos adaptables, vehículos todoterreno, motocicletas y ciclomotores, con fecha de matriculación igual o inferior a 12 años, y una cilindrada superior a 2000 cc, o con valor igual equivalente o superior a 20.000€.
-Asimismo, cuando se trata de vehículos turismos, mixtos adaptables, todoterreno, motocicletas y ciclomotores, no considerados como históricos, con una antigüedad superior a 12 años y un valor inferior a 20.000€, se aplican cuotas fijas:
• Para turismos y todoterrenos
Cuando la cilindrada es menor o igual a 1.500 cc se paga 40 €
Cuando la cilindrada es superior a 1.500 cc y menor o igual a 2.000 centímetros cúbicos, se abona 60€
Cuando la cilindrada es superior a 2.000 centímetros cúbicos, se fija un pago de 140 €
• Motos
Si la cilindrada es menor o igual a 250 cc, la cuota es de 10€
Si la cilindrada es mayor a 250 cc y menor o igual a 550 cc, la cuota asciende a 20€
Si la cilindrada es superior a 550 cc y menor o igual a 750 cc, el pago es de 35€
Si la cilindrada es superior a 750 cc, el pago asciende a 55€
Extremadura: 6%-El ITP se reduce al 4% para todos aquellos vehículos comerciales e industriales ligeros usados con la M.M.A de hasta 3.500 kg, siempre y cuando la compra se lleve a cabo por parte individuos o entidades que efectúen actividades económicas sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o al Impuesto sobre Sociedades, y dicha adquisición tenga una vinculación directa con la actividad desarrollada por el sujeto.
Galicia: 8%-Para vehículos turismos y todoterrenos, con una antigüedad de 15 años o más y una cilindrada inferior a 1.199 centímetros cúbicos, se estipula una cuota fija de 22€.

-Para turismos y todoterrenos con antigüedad igual o superior a 15 años, y una cilindrada comprendida entre 1.200 y 1.599 cc, se establece una cuota fija de 38€.
La Rioja: 4%-No se presentan excepciones
Madrid: 4%-No se presentan excepciones
Melilla: 4%-Para los residentes en Melilla se aplica una bonificación del 50% sobre la cuota a saldar.
Murcia: 4%-No se presentan excepciones
Navarra: 4%-Si el vehículo, ya se trate de una motocicleta, turismo o todoterreno, tiene una antigüedad igual o superior a 10 años, no recibe la calificación de histórico, y su valor según lo dictaminado por la Agencia Tributaria no supera los 40.000€, queda exento del pago del ITP.

-Tampoco hay que aportar el ITP cuando se trate de ciclomotores y Quads con una cilindrada inferior a 50 cc y una velocidad máxima que no rebasa los 45 km/h (y una masa en vacío no superior a 350 kg, y una potencia inferior a 4 kW en el caso de los Quads).
País Vasco: 4%-No se presentan excepciones

Valor de un vehículo para transferencia según Hacienda

Hemos visto en el apartado anterior el porcentaje del Impuesto de Transmisión Patrimonial que se aplica según la comunidad autónoma. Dicho porcentaje se calcula a partir del valor que proporciona Hacienda en las tablas que publica anualmente. Dependiendo del año en el que se matriculó el vehículo, variará su valor. Por ejemplo, a partir de un año, el vehículo vale un 84% del precio indicado por la Hacienda, mientras que, si transcurren 4 años, el valor se reduce al 47%. Cogiendo un ejemplo real, un Peugeot 5008 1.6 HDI Acces 115 tiene un valor de 19.900€ según la tabla de la Agencia Tributaria. Suponiendo que se ha matriculado hace 4 años, su valor actualmente es del 47% de 19.900€, lo que vendría a ser 9.353€. Por lo tanto, esta es la cifra que tendremos que utilizar para llevar a cabo el cálculo del IMT. Si por ejemplo vivimos en Cataluña, aplicaríamos a este precio un 5%, de modo que el IMT que tendríamos que pagar para el ejemplo citado sería de 467,65€.

Sin embargo, hay comunidades autónomas que establecen que la base imponible a tomar es la correspondiente al contrato de compraventa, siempre y cuando el valor sea mayor al estipulado en las tablas. Un ejemplo de ello es la Comunidad de Madrid. Supongamos que vivimos en Madrid, y decidimos adquirir el vehículo anteriormente citado. Pongámonos en el supuesto que el precio pactado en el contrato de compraventa es de 12.000€. En ese caso calcularíamos el 4%, correspondiente al tipo de gravamen de la comunidad madrileña, de 12.000, lo que equivaldría a 480€. Sin embargo, si en el contrato de compraventa el precio fuese de 9.000€, el cálculo se haría con la base imponible de 9.353€, que es el valor establecido por la Hacienda. De modo que lo pagaría en este caso un ciudadano de la Comunidad de Madrid, sería 374,12€.

Si quieres conocer la valoración de los vehículos según Hacienda para el año 2020, puedes visitar este enlace de aquí: https://www.boe.es/eli/es/o/2019/12/16/hac1273/dof/spa/pdf. Si te interesa conocer más acerca de cómo realizar el cálculo del valor del vehículo a partir de los datos aportados por la Agencia Tributaria, y la depreciación que va sufriendo el vehículo a lo largo de los años, visita nuestro artículo de cómo calcular el valor venal del coche, donde explicamos en detalle todo acerca del tema.

Visita a Tráfico para cambiar de nombre

Una vez saldada la deuda con Hacienda, y teniendo entre manos el correspondiente justificante, ya podemos acudir a Tráfico para tramitar el cambio de nombre. Para ello es necesario solicitar Cita Previa. Eso sí, antes de visitar las oficinas de la Jefatura Provincial de Tráfico, hay que asegurarse de que el vehículo no tenga ningún tipo de carga pendiente de pagar. Si no lo tenemos claro, dicha información puede ser proporcionada en el Registro de Bienes Muebles. Si todas las posibles sanciones e impuestos municipales están liquidados, entonces sí, podemos pasar a llevar a cabo el cambio de nombre de coche.

Si no sabes cuál es la Jefatura Provincial de Tráfico más cercana a ti, puedes visitar este enlace. Aquí podrás ver el listado completo de oficinas por provincia, con toda la información que puede ser de tu interés. Para pedir Cita Previa, debes dirigirte a esta página. Aquí debes elegir la oficina donde quieres reservar la cita y el tipo de trámite, que en este caso sería “Trámites de oficina”.

Documentación necesaria para cambiar un vehículo de nombre

La documentación que vas a necesitar para cambiar un vehículo de nombre es la siguiente:

-Impreso de solicitud de Cambio de titularidad y Notificación de Venta de Vehículos. (En el vídeo de abajo explicamos cómo completarlo)

-Abono de la tasa de 54€ para los coches, y de 27€ para los ciclomotores.

-DNI tanto del comprador como del vendedor

-Tarjeta de Inspección Técnica

-Permiso de circulación

-Recibo del impuesto municipal abonado del año anterior de la realización del trámite

-Justificante del pago del ITP, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, correspondiente a la comunidad autónoma donde resida el comprador

-Resulta más que aconsejable presentar también un contrato de compraventa firmado por ambas partes. Puedes descargar el modelo de contrato de compraventa entre particulares a través de este enlace.

Cómo rellenar el impreso de Cambio de titularidad y Notificación de Venta de Vehículos

Consejos a la hora de realizar el cambio de titularidad de coche

Ya hemos explicado el proceso del cambio de titularidad del coche. Pero todavía queremos poner énfasis en algunos aspectos para que no te lleves ningún disgusto innecesario. A continuación, detallaremos algunos consejos dirigidos por un lado al vendedor del vehículo, y otros destinados al comprador.

Consejos para el comprador

-Si vas a llevar a cabo la compra con un profesional dedicado a la compraventa, lo habitual en estos casos es que sea él quien se encargue de proporcionarte la tarjeta de la ITV al día, y el permiso de circulación con la transferencia del coche ya realizada a tu nombre.

-Si la compra se ha efectuado a un particular, debes guardar el contrato de compraventa o bien una copia, junto al DNI del vendedor, la solicitud del cambio de titularidad firmada por las dos partes, y toda la documentación perteneciente al automóvil.

Consejos para el vendedor

No entregues el vehículo sin haber formalizado antes un contrato de compraventa si la transferencia se lleva a cabo entre particulares, o una factura en caso de profesionales. Asimismo, se aconseja siempre una copia del documento identificativo de la otra parte.

En el contrato de compraventa debe quedar constancia de la fecha y la hora en la que se ha realizado el cambio de nombre del vehículo. Resulta especialmente importante para evitar que posibles multas, o cualquier acto ilícito en el que pudiese estar involucrado el vehículo, acabase recayendo sobre ti, ya que todas estas notificaciones seguirán estando a tu nombre hasta que tenga lugar el cambio de titularidad del vehículo.

Hazle saber al comprador que dispone de 15 días para facilitarte la copia del permiso de circulación, donde debe constar que el coche está a tu nombre. En el caso de que no hayas recibido dicho documento dentro del plazo de 15 días, ve a las oficinas de Tráfico para informar que el vehículo está vendido.

 

 

 

 

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