Entre las infracciones más habituales que se cometen en nuestras carreteras a diario, se encuentra la de saltarse un semáforo en rojo. El peligro de cometer dicha infracción es más que evidente, sobre todo al pasar por una intersección, sin embargo, más conductores de los que te imaginas llevan a cabo esta práctica. ¿Sabes cuál es la multa por saltarse un semáforo en rojo? ¿Y los puntos que pierdes? ¿Puedes recurrir la multa? Te lo contamos todo al detalle en nuestro artículo.
Índice
Sanción por saltarse un semáforo en rojo
El artículo 146 del Reglamento General de Circulación, referido a Semáforos circulares para vehículos, determina que un semáforo en rojo con la luz fija prohíbe el paso a los vehículos, que tampoco pueden rebasar la línea de detención anterior más próxima. Asimismo, cuando el semáforo se encuentra en el lado opuesto de un cruce, los vehículos tienen prohibido entrar en el mismo, así como superar la línea de detención más próxima. Saltarse un semáforo en rojo se considera una falta grave y conlleva una sanción económica, acompañada de la correspondiente pérdida de puntos del permiso de conducir.
La multa por saltarse un semáforo en rojo asciende hasta los 200 euros y una pérdida de cuatro puntos del carnet. Dicha infracción puede ser detectada por un agente de la autoridad competente en el supuesto caso que haya presenciado el acto, con lo que puede proceder a multar en el momento. Esta falta también se puede detectar mediante dispositivos previamente instalados como radares de semáforo o bien cámaras de control de semáforo en rojo.
Descuento en la multa de semáforo en rojo por pronto pago
Ya hemos comentado que la multa por no respetar el semáforo en rojo equivale a 200 euros. Si bien, tal como ocurre con otro tipo de sanciones económicas, existe la posibilidad de beneficiarse de un descuento por pronto pago. Dispones de un período voluntario de 20 días naturales desde el día siguiente de recibir la notificación para abonar el importe de la multa con una reducción del 50%, quedando la cifra final en 100 euros. En el momento de pagar la multa por pronto pago, debes disponer como prueba de dos fotografías, una antes de llegar a la línea de detención, y otra después de rebasarla, y en las que se debe distinguir perfectamente tanto la matrícula como el semáforo en color rojo.
¿Hay multa por saltarse el semáforo en ámbar?
Una de las cuestiones que más debate crea entre los conductores es la de si te pueden poner una multa por saltarte un semáforo en ámbar. Cuando se trata de dispositivos de fotografía instalados en los semáforos, la respuesta es no. Si atraviesas la línea de detención mientras el semáforo está en ámbar, no pueden sancionarte. La cámara del semáforo funciona mediante el sistema de foto-rojo, que consiste en tomar dos fotografías del vehículo, la primera con el semáforo en rojo y antes de la línea de detención, y la segunda una vez se haya rebasado el paso y estando el semáforo todavía en rojo. Estas capturas sólo se realizan cuando el semáforo está en rojo, de modo que, estando el semáforo en verde o en ámbar, las fotos no se llegan a tomar.
Sin embargo, si nos remitimos al artículo 146 anteriormente citado, una luz amarilla fija equivale a una luz roja, al menos que el vehículo se encuentre tan cerca del semáforo en el momento de accionarse la luz, que no pueda detenerse en condiciones de seguridad. Por lo tanto, si un agente presencia que te has saltado un semáforo en ámbar, con la ley en mano tiene la potestad de sancionarte si considera que estabas en disposición de detener el vehículo.
Si el semáforo se encuentra en color ámbar intermitente, o bien se trata de dos luces amarillas que se alumbran de modo alterno, es señal de tomar las medidas de precaución necesarias y aminorar la marcha, y detenerse si fuese necesario, pero no de forma obligatoria.
Excepciones al saltarse un semáforo en rojo
Se puede dar una situación excepcional en la que sí esté permitido saltarse el semáforo en rojo sin incurrir en una sanción. Dicha circunstancia se da cuando debemos dejar paso libre a vehículos prioritarios. Tal como fija en el Reglamento General de Circulación, los conductores tienen la obligación de facilitar el paso a los vehículos prioritarios en servicio de urgencia (policía, bomberos, ambulancia y protección civil). De modo que, si para dejar pasar a alguno de estos vehículos de emergencias no nos queda más remedio que saltarnos un semáforo en rojo, un agente no debería sancionarnos por ello. No obstante, los dispositivos instalados en los semáforos no tienen la capacidad de distinguir las excepciones, de modo que, al pasar en rojo, toman la fotografía para procesar la denuncia.
Si en el momento de validar la fotografía, un agente detecta que la “infracción” ha sido fruto de despejar el camino a vehículos prioritarios, ésta queda anulada. Si por el contrario no se llega a apreciar dicha circunstancia y la multa sigue adelante, no queda más remedio que recurrir. Los agentes deben disponer también de la fotografía que se le ha tomado automáticamente al vehículo de emergencias al saltarse el semáforo, de modo que sería una prueba válida para quedar libre de culpa.