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La documentación obligatoria del coche: no circules sin llevar estos documentos

El tema de la documentación que hay que llevar en el coche, así como de las posibles sanciones por no hacerlo, sigue siendo objeto de duda en muchas ocasiones. Lo que está claro y nadie pondrá en entredicho, es que sí que hay ciertos documentos que los debes llevar siempre en el vehículo, y si se da el caso, y un agente de las fuerzas policiales así lo requiere, debes tenerlos a mano para enseñárselos. Por lo tanto, conviene conocer cuáles son estos documentos y qué consecuencias puede acarrear el no llevarlos.

Índice

Documentos que hay que llevar en el coche obligatoriamente

En primer lugar, debemos llevar el carnet de conducir, ya que este documento acredita que estamos aptos para circular por la vía pública. Además, dicho documento debe estar en vigor, por lo tanto, no se nos debe pasar la fecha de caducidad indicada en el anverso del carnet. Si un agente policial decide parar tu vehículo, lo primero que va a solicitar es que le proporciones el permiso de conducir. A partir de allí comprobará su validez, tu historial, y toda aquella información que precise según el tipo de control al que hayas sido sometido.

Otro de los documentos que no te puede faltar es el permiso de circulación, que desde hace ya algunos años es idéntico en todos los países de la Unión Europea. Se trata de un librito de color verde de cuatro páginas en las que se reflejan los datos tanto del titular del vehículo como del propio vehículo. Es posible que Tráfico te proporcione una autorización provisional en vez del permiso de circulación propiamente dicho, si tu vehículo no ha sido matriculado definitivamente, o, si la matriculación puede sufrir retrasos.

La tarjeta de inspección técnica acredita la identidad de vehículo, así como su correcto estado para poder circular. Hasta que no pasan 4 años desde la primera matriculación del vehículo, quedas exento de tener que pasar la ITV, y una vez rebasado este periodo de tiempo, se debe pasar cada 2 hasta llegar a los 10 años de edad del coche, momento a partir del cual debes pasar la ITV cada año. Se trata de otro importante documento que debes llevar en tu automóvil siempre que estés circulando.

papeles obligatorios coche

Documentos del vehículo que ya no resultan obligatorios de llevar

Todos los coches tienen el deber de contar con un seguro que cubra su Responsabilidad Civil. Este, probablemente es el documento que más dudas suscita sobre si hay que tenerlo en físico o no. Hasta el año 2008 era obligatorio llevar en el vehículo la póliza del seguro y el correspondiente recibo del último pago. Actualmente los agentes pueden comprobar telemáticamente si un vehículo se encuentra con el seguro en vigor, de modo que ya no resulta una obligación llevar el documento que acredite la contratación de este servicio. Eso sí, aunque no sea obligatorio, nunca está demás llevarlo, y la verdad que incluso resulta bastante aconsejable, ya que en el caso de que el agente experimente problemas técnicos con el sistema de comunicación, este documento podría agilizar de buena manera todo el proceso.

El impuesto de circulación es otro documento que debemos tener pagado al día, pero cuyo recibo no resulta ser obligatorio de llevar. Todos aquellos vehículos que no hayan sido dados de baja, están obligados a pagar dicho impuesto por la utilización de la vía pública. Al igual que ocurre con el seguro, aunque no sea un documento que debamos llevar obligatoriamente por ley, sí que resulta altamente recomendable por los motivos ya mencionados.

Actualmente otro elemento que ha creado debate entre los conductores es el distintivo ambiental. Si bien se habla mucho de si resulta ser obligatorio de llevar, y que de no hacerlo el usuario se expone a la correspondiente sanción, la verdad es que hasta el momento no es obligatorio llevar esta etiqueta, aunque facilita la faena tanto a los agentes de tráfico, como al propio conductor. El hecho de llevarla evitará que te puedan parar durante los episodios de contaminación para verificar si tu vehículo cumple con los requisitos para circular por donde lo debe.

Qué hacer en caso de pérdida de los papeles del coche

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Por circunstancias diversas, es posible que hayas perdido los papeles del coche, que se te hayan extraviado o que hayan sido robados. Lo que debes hacer en primer lugar es denunciar el suceso, no vaya a ser que esta documentación acabe en manos inapropiadas y se le haga un uso malicioso que pueda tener nefastas consecuencias para ti. Con la denuncia puesta te asegurarás que, ante cualquier posible acción punible, hay constancia de que estos papeles no estaban en tu propiedad. Una vez lo hagas, debes pedir cita previa para visitar la Jefatura de Tráfico y solicitar un duplicado del permiso de circulación, presentando tus datos y abonando las tasas correspondientes. Si además del resto de documentación del coche has perdido el carnet de conducir, también deberás solicitar un duplicado en la Jefatura Provincial de Tráfico, solicitando antes cita previa, y presentando un impreso oficial debidamente cumplimentado, el documento de identidad, una fotografía actualizada de tamaño carné estándar y en color, y asimismo, abonar la tasa oportuna.

Para la tarjeta de la ITV, debes acudir a una de las estaciones donde llevan a cabo la inspección y pedir un duplicado. Eso sí, tendrás que volver a pagar la correspondiente tasa, así como volver a realizar la inspección otra vez si no la habías pasado de forma favorable recientemente. Ten en cuenta que el duplicado de la ficha técnica puede demorar varios días en llegar, pero recuerda que es un documento obligatorio de llevar encima al igual que los demás. Como puedes ver quedarte sin la documentación obligatoria del vehículo te va a suponer un gasto añadido, además de tiempo, que acaba siendo lo más pesado. De modo que procura que los documentos siempre estén a buen recaudo, aunque en caso de un hipotético robo poco puedes hacer.

Multa por no llevar los papeles del coche obligatorios

papeles que hay que llevar en el coche

Si estos papeles resultan ser obligatorios de llevar en el coche, el incumplir con dicha obligación acarrea una sanción económica. Cada documento que no presentes al agente supone una multa administrativa de 10 euros. En caso del carnet de conducir, el no llevarlo encima puede conllevar a una multa que va desde los 10€ hasta los 100, en función de circunstancias diversas como la comunidad autónoma en la que ocurra la infracción, el agente, o el historial del propio conductor. Lo más habitual en todo caso es que la multa no pase de los 10 euros.

Mucho peores resultan ser las multas por no disponer de estos documentos en vigor. El no tener los datos actualizados del permiso de conducir supone una multa de 80 euros. De modo que, ante un cambio de residencia, por ejemplo, hay que notificárselo a la Jefatura Provincial de Tráfico. Más severa resulta la sanción por llevar el carnet de conducir caducado, y es que el importe de dicha multa haciende hasta los 200 euros y está tipificada como una infracción grave. Si circulas con el carnet suspendido, ya sea por pérdida de puntos o por una retirada judicial, o porque directamente nunca lo has llegado a tener, la multa asciende hasta los 500 euros además de una retirada de 4 puntos. Esto siempre y cuando se te aplique la sanción por la vía administrativa, porque por la vía penal es posible llegar a recibir o una pena de prisión de tres a seis meses, o una multa económica de 12 a 24 meses, o trabajos comunitarios por un periodo comprendido entre 31 y 90 días.

En caso de no disponer del permiso de circulación en regla, la sanción económica que se aplica es de 500 euros. Tener la ITV caducada supone una infracción económica de 200 euros. En cuanto al seguro del coche, si bien no forma parte de los documentos que debemos llevar obligatoriamente en el vehículo, sí que se trata de un servicio por el que tenemos que pagar para circular. La multa por no tener el seguro obligatorio va desde los 601 euros hasta los 3.005, según las circunstancias y el criterio del agente. Además, en caso de accidente, al no disponer del seguro que cubra la Responsabilidad Civil del conductor, éste deberá hacerse cargo de los posibles daños ocasionados. Así que no te la juegues bajo ningún concepto.

¿Se puede llevar una fotocopia de la documentación obligatoria según la DGT?

que documentos hay que llevar en el coche

Ante las consecuencias de no disponer de los papeles obligatorios del coche, es posible que más de uno se plantee la posibilidad de llevar fotocopias en vez de los originales. De esta manera, ante el caso de pérdida, robo o extravío, siempre seguiremos contando con el original y no será necesario volver a pasar por todo el tedioso proceso de restauración de los documentos. ¿Pero una fotocopia realmente nos vale para sustituir a la documentación original?

Una fotocopia corriente no tiene ninguna validez a ojos de la ley. Sin embargo, para que sea válida, es necesario que esté identificada por el organismo y la persona que realice la compulsa del documento. Puede realizar la compulsa, y de esta manera dar validez a los documentos: los notarios, las unidades que tienen dependencia de la Jefatura Central de Tráfico, los ayuntamientos, las fuerzas de vigilancia, la administración autonómica correspondiente y otros órganos que forman parte de la Administración Pública.


¿Te ha sido de utilidad este artículo? Nos gustaría conocer tu opinión a través de los comentarios. Sabemos que los conductores tienen diversidad de dudas acerca de ciertas normativas de circulación. Una de ellas por ejemplo es si se puede fumar conduciendo. ¿Es legal, conducir tras el volante? Te lo explicamos en nuestro artículo.

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